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Laobligación del propietario de hacerse cargo de este gasto solo aplica a los contratos de vivienda habitual regidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Sin embargo, hay otros supuestos en los que sí correría a cargo del inquilino: Alquileres por habitaciones o temporadas, ya sean vacacionales o no. Alquileres comerciales u oficinas.
1 Honorario por vivienda o comercio. Para realizar este cálculo se debe sumar todos los meses que corresponden al tiempo de alquiler que tendrá el locario. Al tener el valor total de la suma, se le calcula el 4%. Vale aclarar que el 4% es el valor más común en Pilar, ya que en otros lugares de Argentina la comisión puede ser del 5 %.
. 220 82 251 223 144 390 246 247 207